Comunicado sobre Evaluación y Promoción

Estimada comunidad educativa del Liceo Técnico Profesional Juan Pablo II:

Junto con saludar muy cordialmente, queremos reconocer y valorar el trabajo realizado por cada estudiante y su familia en este contexto de pandemia que estamos viviendo.

Como establecimiento educacional, se han implementado algunas estrategias pedagógicas para dar continuidad al proceso académico de nuestros estudiantes, éstas son:

-Uso Plataforma Mis Clases (moodle), Google Classroom, Formularios de Google, Clases online vía “Meet”, uso correos electrónicos, Whatsapp, Mensajes de texto, llamadas telefónicas, videos explicativos, entrega de material impreso, entrega y uso de los textos escolares, entrega set de materiales para las especialidades, entrega de chips de conectividad.

Además, en este proceso se ha hecho acompañamiento a los estudiantes y sus familias  desde todos los estamentos (Dirección, Orientación, Convivencia Escolar, Unidad  Técnico Pedagógica, Fundación Educacional San Pablo  y redes externas).

Durante este año, hemos establecido un proceso de evaluación formativa, poniendo énfasis en la retroalimentación de los aprendizajes como lo indica el decreto 67/2018 del Ministerio de Educación. De acuerdo a esta disposición, se considerarán todas las situaciones especiales, propiciando la promoción de todos los estudiantes.

Para normar este proceso pedagógico, se ha elaborado un anexo al  reglamento de evaluación 2020, donde se establece el mecanismo para determinar la calificación final y por ende la promoción escolar.

Invitamos a todos nuestros apoderados a continuar motivando a sus hijos para participar en las actividades propuestas por el establecimiento, entendiendo que este proceso que comenzó este año, continuará en 2021.

Como institución educativa, queremos dejar en claro que nuestro foco está en evitar la repitencia y la deserción escolar. Esto con el fin de reencontrarnos, cuando las condiciones sanitarias lo permitan, con todos nuestros estudiantes, sin dejar a ninguno atrás.

Atte.

Equipo Directivo

Liceo Juan Pablo II

COYHAIQUE, octubre 07 de 2020.-

Anexo Reglamento de Evaluación Liceo Técnico Profesional Juan Pablo II

El siguiente anexo, modifica y contextualiza las normas estipuladas en el Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción del Liceo Técnico Profesional Juan Pablo II de acuerdo a la situación de pandemia que vive el país.

En esta situación especial, este año 2020, se realizan clases de manera virtual donde la evaluación formativa y la retroalimentación tienen un papel primordial.

Por instrucción del Ministerio de Educación, se han considerado objetivos de aprendizaje priorizados por asignatura, para cada nivel de enseñanza. Este plan de estudios transitorio y prioritario ya está en vigencia desde este año y se extenderá hasta 2021.

Se utilizan diferentes estrategias de enseñanza y de evaluación para motivar a los estudiantes a participar de las actividades propuestas por los docentes. Lo anterior a través de diversas herramientas tecnológicas, como Plataforma Mis Clases (moodle), Google Classroom, formularios de Google, clases online vía “Meet”, uso de correo electrónico, whatsapp, mensajes de texto, llamadas telefónicas, videos explicativos, etc. y también a través de herramientas tradicionales como es la entrega de material impreso y el uso de los textos escolares.

El principio de flexibilidad, señalado en el artículo 3° de la ley general de educación, dispone que el sistema educativo debe permitir la adecuación del proceso a la diversidad de realidades, principio que en este contexto sanitario toma considerable relevancia. Es por esta razón que se establece para este año 2020, un único período anual, sin semestres, donde el estudiante obtendrá una calificación final por asignatura. Dicha calificación se desglosará de la evaluación formativa (de proceso) que cada docente registre de sus estudiantes.

Respecto al cálculo de la calificación por asignatura, se realizará considerando los siguientes criterios de evaluación con su respectiva ponderación:

PARTICIPACIÓN50%
DESEMPEÑO30%
AUTOEVALUACIÓN20%

Participación: Se refiere a la asistencia de los estudiantes en actividades de aprendizaje “sincrónicas”: Plataforma Mis Clases (moodle), clases online vía “Meet”, whatsapp, mail, etc. y/o “asincrónicas” contacto con docentes vía telefónica, trabajos en tiempos variados, otros.

Este criterio será proporcionado en conjunto por el Equipo Directivo y la Unidad Técnico Pedagógica del establecimiento, quienes recabarán la información necesaria mediante reportes realizados por los docentes de cada curso.

Desempeño: Es la evidencia del trabajo solicitado y desarrollado durante las clases online. En el caso de aquellos estudiantes que no pudieron conectarse, pero sí retiraron material impreso, se evaluará esta evidencia, para esto deben devolver las actividades desarrolladas de manera física en el establecimiento en las fechas estipuladas para ello.

Este criterio será proporcionado por el docente de asignatura de acuerdo a una rúbrica de evaluación elaborada por el establecimiento.

Autoevaluación:  Cada estudiante deberá evaluar su propio aprendizaje y desempeño.

Este criterio será responsabilidad del propio estudiante, quien evaluará su desempeño durante el año. La pauta para esta autoevaluación será entregada por el establecimiento.

Para determinar la promoción de los estudiantes, se considerarán todas las actividades implementadas a partir del mes de agosto de este año en adelante, sin desconocer el trabajo desarrollado por aquellos que se conectaron desde el inicio del año escolar, quienes tendrán mayor cantidad de evaluaciones formativas o de proceso.

Con respecto a esta consideración, todos los estudiantes que han tenido algún grado de participación en las actividades planificadas por los docentes, ya sea en forma sincrónica o asincrónica, serán promovidos al curso siguiente.

En el caso de los estudiantes que no cumplen con los requisitos de promoción, el decreto 67/2018 dispone lo siguiente: Si a pesar de los esfuerzos realizados por la Institución, no hay forma de contactar a un estudiante, se activará un comité de evaluación que junto al equipo directivo decidirá la promoción o repitencia del estudiante.

El  Articulo 11 decreto 67/2018 establece que los establecimientos educacionales, a través del director y su equipo directivo, deberán analizar la situación de aquellos alumnos que no cumplan con los requisitos de ´promoción. Dicho análisis deberá ser de carácter deliberativo, basado en información recogida en distintos momentos y obtenida de diversas fuentes y considerando la visión del estudiante, su padres, madre o apoderado.

Liceo Técnico Profesional Juan Pablo II